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Publicado por: Hipertextual

Publicado en: 26/10/2016 01:30

Escrito por: Alberto Sánchez

¿Tienen los estudiantes derecho a huelga?


A pesar un derecho fundamental, la ley solo reconoce el derecho a huelga a los trabajadores, aunque dota a los estudiantes de una serie de derechos similares.
Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Con el anterior precepto, recogido en su artículo 28.2 de la Carta Magna, se configura el marco constitucional del derecho a huelga. Un derecho que la propia Constitución enmarca y circunscribe al ámbito subjetivo de los trabajadores. La Constitución por tanto, reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores, un derecho fundamental y una libertad pública, dotándolo de la máxima protección que otorga el ordenamiento jurídico español, pero dejando fuera del mismo a todo sujeto que no entre dentro de marco subjetivo del derecho a huelga.
O dicho de otra manera, los estudiantes no tienen derecho a huelga. Aunque de lo anterior podría deducirse que la limitación del derecho a huelga a los trabajadores supone una desprotección para otros colectivos como, el que nos ocupa: los estudiantes, lo cierto es que el legislador y el propio ordenamiento ofrecen una serie de garantías para los trabajadores que, sobre el papel, tienen un funcionamiento similar para los estudiantes, pero estos quedan fuera del ámbito subjetivo de la regulación laboral.
Sí, efectivamente. El término huelga estudiantil dentro del ordenamiento jurídico español no tiene cabida como tal. La ley no …

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