El Tribunal Superior de Justicia de Madrid concede una prestación por incapacidad a un ingeniero de telecomunicaciones que dice sufrir de electrosensibilidad.
La sentencia se basa en un catálogo del Ministerio de Sanidad erróneo, teniendo en cuenta la evidencia científica disponible.Bajo el nombre de electrosensibilidad o hipersensibilidad electromagnética se esconde un trastorno de origen psicosomático y no una enfermedad causada por las ondas electromagnéticas. Sin embargo, a pesar de la evidencia científica disponible, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha concedido una prestación de incapacidad a un ingeniero de telecomunicaciones, antiguo trabajador de Ericsson, que asegura padecer este problema de salud. La sentencia, según comenta a Hipertextual Jaume Cortés, abogado del afectado, "es la primera en reconocer la incapacidad absoluta por ondas electromagnéticas".
Según el abogado del afectado, la sentencia "es la primera en reconocer la incapacidad absoluta por ondas electromagnéticas"
El TSJ de Madrid basa buena parte de su argumentación en un catálogo del Ministerio de Sanidad en el que la electrosensibilidad está considerada como una "alergia inespecífica". En opinión del abogado Fernando Frías, "la sentencia no está muy bien fundamentada, desde luego, pero parece que el TSJ deduce que, si hay una alergia y se llama 'hipersensibilidad electromagnética', el trabajador no puede estar en un entorno con campos electromagnéticos". El dictamen médico sobre el ingeniero consideró que el afectado padecía un "trastorno ansioso-depresivo", rechazando la posibilidad de que sufriera una hipersensibilidad a los campos electromagnéticos en base a la evidencia científica disponible.
La clasificación errónea del Gobierno
En …