Darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria, aunque puede generar muchas dudas, es un requisito como mexicano mayor de 18 años. Lo anterior dado que la Miscelánea Fiscal 2022, hizo obligatoria la inscripción de toda persona mayor de edad al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Entre las mencionadas dudas de tramitar el RFC se encuentran: ¿Qué pasa si aún no trabajo? ¿Y si me quedo sin empleo? ¿Hay alguna repercusión si no lo hago? Esto es lo que dice la ley.
¿Qué pasa si me doy de alta y aún no tengo empleo?
Para quienes tramitan por primera vez su RFC, pero aún no cuentan con un trabajo formal o actividad económica remunerada, el SAT tiene un Régimen fiscal específico para dichos casos.
Según lo establece el Código Fiscal de la Federación, se trata del Régimen de "Personas físicas sin obligaciones fiscales”. En este rubro, no se adquirirá la obligación de presentar declaraciones, pagar contribuciones y tampoco les serán aplicables sanciones.
Por otro lado, si ya te encuentras dado de alta en el SAT, pero no laboras actualmente, deberás presentar el "Aviso de suspensión de actividades". Con este documento, justificarás el no poder presentar tus declaraciones periódicas. Vale la pena mencionar que este trámite se inicia y se concluye a través del portal del SAT.
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