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Publicado por: ABC

Publicado en: 20/02/2018 08:52

Escrito por: (abc)

¿Puede ser delito «insertar» un tuit?

¿Puede ser delito «insertar» un tuit?

Desde la proliferación de las redes sociales se ha exhibido una muestra de cómo ideas originales se apropian sin arrepentimiento y de cómo hay quien recurre a unas dudas triquiñuelas para hacerse con el contenido protegido por derechos de propiedad intelectual. En los últimos años, se ha metido la cuchara para atiborrar al personal de curiosidades y episodios anecdóticos surgidos en estos patios digitales con nombres como Twitter o Facebook.

El trabajo, no obstante, se ha desprestigiado en parte. O tal vez al contrario; las redes sociales han encumbrado a personas talentosas con un ingenio adherente para retratar los acontecimientos que envuelven nuestra existencia. Sin embargo, cuando uno echa un simple vistazo al buscador de servicios como Twitter, la red de micromensajes más exitosa del momento (330 millones de usuarios registrados), se da rápidamente cuenta que alguien se adelantó a la gracia del momento. Los chistes y comentarios jocosos se repiten hasta la saciedad.

Interpretando la Ley de Protección Intelectual vigente en España y buceando entre las políticas de uso de la red Twitter, es posible que incluso un mensaje en forma de tuit -ahora hasta 280 caracteres- que contenga un contenido propio puede estar protegido. «No lo creo, estoy seguro», afirma tajante Borja Adsuara, jurista experto en derecho digital. Pero esta plataforma, al menos tal y cómo está concebida en estos momentos, da pie a distribuir contenido multimedia que, en ocasiones, su origen se encuentra en una fuente primaria que es propietaria de los derechos. La empresa …

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