Ya lo había prometido la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México: después de establecer un reglamento temporal, se ha publicado en la gaceta oficial los "Lineamientos para la Operación de los Sistemas de Transporte Individual Sustentable de la Ciudad de México". Es decir, ya tenemos una regulación para los scooters eléctricos y bicis compartidas en la capital del país.
Muchas de las reglas que deben cumplir estos servicios de transporte se basan en las establecidas en la regulación temporal que duró aproximadamente 45 días. Pero aún así, vale la pena hacer un resumen de cómo operarán estos servicios en Ciudad de México:
El horario en el que operarán las bicis y scooters eléctricos es de 5:00 a 00:30 horas. Los 365 días del año.
No se permitirán tarifas dinámicas en ninguno de los servicios.
Si un usuario reportó la falla con alguna unidad y han pasado apenas tres minutos desde que inició el viaje, este no se cobrará.
Las unidades que estén estacionadas en zonas no permitidas deberán reubicarse en un plazo máximo de dos horas. En caso de que estén fuera del área de operación, se tiene un máximo de 8 horas para traerlas de vuelta a las zonas permitidas para su funcionamiento.
Todos los vehículos tendrán un sistema que bloquee su velocidad máxima a los 25km/h. Además tendrán que contar con GPS, luz trasera roja, luces delanteras, sistema de frenado y un dispositivo de acústico de advertencia, que puede ser un timbre, cláxon o campana. …