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Publicado por: Genbeta

Publicado en: 29/11/2019 05:50

Escrito por: Santi Araújo

El TSJM resuelve que los 'riders' de Glovo son falsos autónomos

El TSJM resuelve que los 'riders' de Glovo son falsos autónomos

A principios del mes de octubre, vimos como el TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) daba la razón a Glovo al considerar que el denunciante no trabajaba como "falso autónomo".

Hoy conocemos, en cambio, que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sus 17 magistrados, falló que los trabajadores (a quienes también se les conoce como "riders") son realmente falsos autónomos.

Condenan a Glovo a que readmita al trabajador despedido o deberán indemnizarle

EL TSJM ha dictaminado que los trabajadores de Glovo no son autónomos (TRADE, una relación de trabajador autónomo dependiente) y que están por tanto bajo un régimen de cuenta ajena.

Eldiario.es ha tenido acceso a este fallo, que habría tenido lugar el pasado 27 de noviembre. En él, se detalla el recurso de un rider que vio como su demanda por despido fue rechazada (tras considerar que su relación con Glovo era de autónomo).









En Magnet

¿Son los repartidores de Glovo y Deliveroo sus trabajadores? Aclarando el lío de sentencias

El TSJM ha cambiado de opinión y ahora da la razón al trabajador despedido. Por ello, condenan a Glovo a pagar por despido improcedente, readmitirlo pagándole los sueldos de tramitación o a indemnizarle con 2.426,70 euros.

Al parecer, esta historia se remonta al 14 de marzo de 2018, momento en el que Glovo decidió rescindir el contrato con el trabajador, ya que no estaba disponible en el momento …

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