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Publicado por: ABC

Publicado en: 12/03/2019 06:47

Escrito por: (abc)

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del defensor del pueblo contra el «spam» electoral

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del defensor del pueblo contra el «spam» electoral

El pleno del Tribunal Constitucional ha aceptado por unanimidad la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo contra el artículo de la nueva Ley de Protección de Datos que permite a los partidos rastrear datos personales sobre

ideologías políticas de los ciudadanos.

Se trata del artículo 58 bis de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LREG), que se incorporó en la disposición final tercera de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre sobre la utilización de «medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales de los partidos políticos». Una norma que ha suscitado el recelo de las asociaciones y juristas de defensa de la privacidad al considerar que se legitima un «perfilado» ideológico de los ciudadanos.

En el recurso, el Defensor del Pueblo considera que el precepto impugnado vulnera los artículos 9.3, 16, 18.4, 23.1 y 53.1 de la Constitución. Con esta decisión, el TC ordena dar traslado de la demanda y demás actuaciones al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que puedan personarse y formular nuevas alegaciones.

La reforma de esta en materia de protección de datos comenzó su andadura en noviembre de 2017 con el PP en el Gobierno y en su redacción inicial no aparecía la polémica disposición final tercera. La medida se introdujo un año después, con el Ejecutivo de Pedro Sánchez al frente, mediante una enmienda del PSOE que fue apoyada por todos los grupos del Congreso. En noviembre …

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