Hace unos meses se aprobó la ley de la discordia: la ley del spam electoral. Esta ley se conoció públicamente porque mediante la recopilación de opiniones usando redes sociales y demás medios los partidos podían enviarnos spam electoral en base a nuestra ideología. Algo que obviamente no hizo mucha gracia a los principales afectados, los ciudadanos.
Ahora la ley sufre un revés importante: el Tribunal Constitucional ha tumbado la ley, al menos su apartado más lesivo. El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado contrario a la Constitución y nulo el apartado 1 del art. 58 bis, por unanimidad.
La lista para evitar que recibamos spam de partidos políticos en el móvil
¿Estás en contra de la nueva ley que permite que los partidos políticos te envíen spam? Quizás te interese apuntarte en esta lista.
El Tribunal Constitucional le dice “no” a la ley del spam electoralPara entender esta decisión del Tribunal Constitucional, debemos repasar primero la normativa. Estos son sus principales apartados:
Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales. Art. 58 bis
1 – La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas.
2- Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el …