En México, por ley, los operadores de telefonía móvil están obligados a la liberación de equipos celulares, dependiendo de varios factores. La NOM-184-SCFI-2012 es la que estipula estas obligaciones de los proveedores del servicio, y el viernes pasado recibió una actualización que interesa porque significa un retroceso en el modo de su funcionamiento.
Como bien expone Irene Levy, Presidenta de Obervatel, la nueva NOM-184-SCFI-2018 publicada el viernes pasado en el Diario Oficial de la Federación, estipula que los operadores están obligados a entregar el código de desbloqueo de cualquier celular en máximo 24 horas después de la solicitud expresa del usuarios.
Todo esto siempre y cuando se cumplan con las condiciones necesarias: el equipo haya sido adquirido en sistema de prepago, se liquide su costo completo o bien el contrato de permanencia con el operador haya terminado.
¿En defensa de los usuarios?
Levy expone que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión comulga con la disposición ya mencionada. Sin embargo, la Carta de Derechos, de creación de Profeco y el IFT el 6 de julio de 2015, determina que en caso de compra de contado de cualquier celular en México, tanto proveedor como operador están obligados a entregar el dispositivo con la clave de desbloqueo, aún sin solicitud del usuario. Por lo tanto, la nueva NOM-184 representa un cambio en la dirección equivocada.
Como presidenta de Obervatel, Levy estuvo presente en las reuniones pertinentes para la deliberación de la nueva NOM-184 y asegura que fue el propio …