Tal como ha aclarado la CNMC, se trata de una medida excepcional y que solo puede aplicarse cuando se dé una circunstancia muy específica.
Sí, solo en casos excepcionales, pero la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia ha confirmado que la legislación europea contempla recargos puntuales en los casos de roaming dentro de la Unión Europea. A través de una caso práctico, en el que una operadora ha aplicado estos recargos excepcionales, el regulador ha querido explicar el procedimiento y los cosos en los que se puede aplicar en un artículo de su blog.
Y es que aunque el Reglamento UE nº 531/2012 de 13 de junio de 2012, que establece las reglas para la eliminación de los recargos por los servicios de roaming, también fija una excepción en su artículo 6 quater mediante el cual, y en momentos puntuales, un operador puede solicitar a su regulador local (en españa la CNMC) la aplicación de una serie de recargos para sus consumidores.El caso más reciente es el de Digimobil, que solicitó el permiso a la CNMC para aplicar un recargo en sus tarifas de roaming. En este caso, se autorizó un recargo, tal como la CNMC explica, de 0,0179 euros/minutos para llamadas salientes; 0,01 euros/SMS enviado y 0,0043 euros/MB (hasta el 31 de diciembre de 2017) y otros adicionales 0,0034 euros/MB a partir del 1 enero de 2018.
Los recargos son excepcionales, y tienen que ser autorizados por la CNMC
La razón por la que la CNMC puede autorizar la aplicación …